Translate

martes, 24 de enero de 2012

Fapuv: Carta abierta al presidente Chávez

Fapuv: Carta abierta al presidente Chávez

Caracas, 21 de enero de 2012
Ciudadano:
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
HUGO CHÁVEZ FRÍAS
Los trabajadores universitarios de las Universidades del país, reconocemos la buena intención de lo publicado en la Gaceta Oficial Nº. 39802 de fecha 17 de noviembre de 2011, referida al decreto de creación de la Comisión Presidencial para determinar y cuantificar la Deuda Laboral del Sector Público Nacional con sus trabajadores activos, jubilados, pensionados, retirados y sobrevivientes. En esa deuda laboral, estamos incluidos los universitarios, a quienes la OPSU pretende aplicar un instructivo (enero 2012) que elimina la capitalización anual de intereses sobre prestaciones sociales, supuestamente fundamentado en una decisión de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, correspondiente al año 2003. Tal decisión es violatoria de todo el basamento contractual, laboral y constitucional vigente.
La Constitución señala en su Artículo 92, que la mora en el pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal. Por otra parte, la misma Constitución refiere en el Art. 89 que ninguna Ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales y que toda medida o acto del patrono contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto.
Los instrumentos de OPSU (enero 2012) contrarían los instructivos aplicados para el pago de este beneficio socio-económico en los años 2000, 2002, 2006 y 2007. Igualmente, se desconocen en el referido instrumento los Acuerdos Federativos; la Normativa Laboral del personal administrativo suscrito en el año 2008; el Acta de la Comisión CNU/OPSU firmada en diciembre 2009; la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), el Reglamento Parcial para el Pago de Pasivos Laborales en el Sector Público, los criterios utilizados por la Comisión Presidencial (año 2000) designada por Ud. para la cuantificación de la deuda del sector público (Régimen Vigente y Régimen Derogado), así como lo consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Señor Presidente, analice Ud., con este ejemplo cómo nos pretenden arrebatar, a los universitarios, el patrimonio ganado en una vida dedicada a la formación de la juventud venezolana:

Cómo instructivo (enero 2012) de la OPSU perjudica a un docente jubilado en 2001 con 27 años de servicio.

Concepto Instructivo 2007 (Bs.)
Antigüedad 136.845
Intereses sobre prestaciones 163.912
Intereses por capitalización 1.366.906
Deuda total 1.530.818
Concepto Instructivo 2012 (Bs.)
Antigüedad 136.845
Intereses sobre prestaciones 163.912
Intereses por capitalización 341.263
Deuda total 505.175

DIFERENCIA ENTRE AMBOS CÁLCULOS: 1.025.643

Al agradecer su atención y con la seguridad de que Ud., en su carácter de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, no permitirá que los trabajadores jubilados en el período 1998 – 2011 (más de 200.000 mil trabajadores y su núcleo familiar), así como los trabajadores activos, de aplicarse el referido Instructivo OPSU (enero 2012) cobren hasta el 70% menos de lo que LEGAL Y CONSTITUCIONALMENTE les corresponde, y esperando que Ud ordene los correctivos al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. para que se apliquen los criterios de cálculo utilizados para el pago de intereses sobre prestaciones sociales al personal jubilado durante el período 1976 – 1997 (pagos éstos efectuados en los años 2000, 2002, 2006 y 2007), respetando así los derechos adquiridos y todo el marco legal-laboral y constitucional correspondiente, nos despedimos, atentamente,

JUNTA DIRECTIVA (http://fapuv.blogspot.com/, 24/01/2012).-
“ES FAPUV UNA TIERRA DE HORIZONTES ABIERTOS EN LA CUAL SE SIEMBRAN LUCHAS Y SE COSECHAN DERECHOS”

No hay comentarios: