En nuestro sistema educativo, es muy común que las acciones cotidianas se respalden por la experiencia y conocimientos de las personas que ocupan los puestos públicos, muy raras veces es consecuencia de los marcos normativos que supuestamente los regulan.
Este marco operativo histórico parece ser la justificación para la decisión que se ha tomado en "oficinas centrales" para implementar los procesos derivados del Acuerdo 696. Sin entrar en detalles respecto de esta estrategia, podemos sintetizar que se ha dejado a la "cadena operativa" que termina en las escuelas, la toma de decisiones técnicas respecto de la evaluación del último bimestre con un "examen" final y con reactivos tipo ensayo.
En estos días much@s compañer@s maestr@s nos han solicitado materiales para usar en sus talleres de elaboración de reactivos, lo cual, de entrada es preocupante, ya que denota la ausencia de la autoridad pública en este campo y por otro lado que los "exámenes" que deriven de estos talleres tendrán distintos niveles de calidad. Incluso, siendo rigurosos, muchos de ellos, tal vez, no cubran los criterios mínimos de validez, condición que pudieran utilizar los padres de familia para pedir la anulación del resultado derivado del instrumento.
Técnicamente en los talleres de elaboración de estos reactivos (instrumento), se deberá tener cuidado en cubrir un proceso para garantizar la calidad del instrumento y la validez de los resultados.
Hay consenso en los especialistas a nivel internacional, que cuando de diseño de instrumentos de evaluación se hable, es básico de garantizar cada una de las siguientes fases con sus respectivas acciones clave:
Nos dice el INEE "Estos Criterios Técnicos son aplicables a instrumentos de evaluación educativa destinados a medir atributos de personas, ya sean de selección de respuesta (como los instrumentos de opción múltiple), de respuesta construida (como los ensayos), o de desempeño (como el desarrollo de un plan de clase o una exposición en el aula), y cualquiera que sea su forma de administración (en lápiz y papel o dispositivos electrónicos)."
Finalmente, es importante puntualizar, que existen errores técnico-académicos en la decisión que se deriva del Acuerdo 696 de valorar los aprendizajes en el quinto bimestre del ciclo escolar 2013-2014 con un examen final integrado con reactivos tipo ensayo (Artículo 9 del citado Acuerdo 696).
Para evitar que cualquier compañer@ maestr@ caiga en una ilegalidad y pueda ser objeto de una sanción por parte de la autoridad competente en materia de evaluación, compartimos los Criterios antes citados. Pueden descargar los criterios en la siguiente dirección:
http://www.inee.edu.mx/images/ stories/2014/criterios/ Criterios_t%C3%A9cnicos.pdf
Este marco operativo histórico parece ser la justificación para la decisión que se ha tomado en "oficinas centrales" para implementar los procesos derivados del Acuerdo 696. Sin entrar en detalles respecto de esta estrategia, podemos sintetizar que se ha dejado a la "cadena operativa" que termina en las escuelas, la toma de decisiones técnicas respecto de la evaluación del último bimestre con un "examen" final y con reactivos tipo ensayo.
En estos días much@s compañer@s maestr@s nos han solicitado materiales para usar en sus talleres de elaboración de reactivos, lo cual, de entrada es preocupante, ya que denota la ausencia de la autoridad pública en este campo y por otro lado que los "exámenes" que deriven de estos talleres tendrán distintos niveles de calidad. Incluso, siendo rigurosos, muchos de ellos, tal vez, no cubran los criterios mínimos de validez, condición que pudieran utilizar los padres de familia para pedir la anulación del resultado derivado del instrumento.
Técnicamente en los talleres de elaboración de estos reactivos (instrumento), se deberá tener cuidado en cubrir un proceso para garantizar la calidad del instrumento y la validez de los resultados.
Hay consenso en los especialistas a nivel internacional, que cuando de diseño de instrumentos de evaluación se hable, es básico de garantizar cada una de las siguientes fases con sus respectivas acciones clave:
- Planear el proceso
- Diseñar el instrumento
- Aplicar
- Procesar y analizar los resultados
- Comunicar y argumentar el alcance de los resultados
- Informar técnicamente
Nos dice el INEE "Estos Criterios Técnicos son aplicables a instrumentos de evaluación educativa destinados a medir atributos de personas, ya sean de selección de respuesta (como los instrumentos de opción múltiple), de respuesta construida (como los ensayos), o de desempeño (como el desarrollo de un plan de clase o una exposición en el aula), y cualquiera que sea su forma de administración (en lápiz y papel o dispositivos electrónicos)."
Finalmente, es importante puntualizar, que existen errores técnico-académicos en la decisión que se deriva del Acuerdo 696 de valorar los aprendizajes en el quinto bimestre del ciclo escolar 2013-2014 con un examen final integrado con reactivos tipo ensayo (Artículo 9 del citado Acuerdo 696).
Para evitar que cualquier compañer@ maestr@ caiga en una ilegalidad y pueda ser objeto de una sanción por parte de la autoridad competente en materia de evaluación, compartimos los Criterios antes citados. Pueden descargar los criterios en la siguiente dirección:
http://www.inee.edu.mx/images/
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