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sábado, 15 de febrero de 2014

Encuentro por la Articulación del IEMS UACM

Secretaría de Educación y Comunicación del SITIEMSDF
Ernesto G. Rangel Carreón

 
PRIMER ENCUENTRO
POR LA ARTICULACION DEL IEMS UACM
 
El pasado día 03 de diciembre del 2013, el Dr. Hugo Aboites nos dio su opinión con respecto a la situación de la  Educación Media Superior ante la Reforma Educativa y sus leyes secundarias.
 
A continuación reproducimos un fragmento de esa interesante conferencia
 
2.-CONTEXTO ACTUAL.- Se decía que la reforma era para quitarle la conducción que ejercía Elba Esther Gordillo respecto de la Educación en México devolvérsela al Estado, era la consigna pero lo que estamos viendo ahora es que se le quito a Elba Esther Gordillo las poquitas plazas o los muchos millones de bolsas de Luis Button que tenía y le entregaron la conducción de la Educación al Sector Cúpular Empresarial, que ahora decide que es lo que necesita el país en términos de Educación y lo dicen con toda claridad necesitan capital humano, ¿que significa eso? Significa que se fortalece tremendamente la concepción de la Educación como capacitación para el trabajo, finalmente, es decir; que en este dilema histórico entre la Educación Media ¿sirve para formar a los jóvenes para la vida, para la universidad, para que se les abran horizontes? o ¿sirve para prepararlos para el trabajo? ESTA REFORMA apunta directamente a la segunda opción, capital humano es lo que nos interesa y dice uno, vienen con todo, porque además, si uno lee este documento que en internet es muy fácil encontrarlo solo es poner uno el nombre “AHORA ES CUANDO MEXICANOS PRIMERO”  sale el documento, vayan a la página 44 y siguientes, este documento enlista lo que debe ocurrir en el 2012, 2013, 14,15,16,17,18,19,20, 21, 22,23,24 y en el 22 se establece, que se fijaran las metas para el 25,26,27,28,29,30,31,32 hasta el 36, siendo suspicaces podemos decir y en el 36 se van a sentar otra vez para hacer las metas para el 37,38,39,40 hasta el 48 en otras palabras no viene este sector cúpular empresarial a decir ahí les dejo una recomendación y ya me voy a mis negocios que tanto requieren de mi atención, es una presencia permanente ya histórica la que se pretende establecer en la conducción de la Educación en nuestro país. A todos los niveles como veremos a continuación, entonces es importantísimo lo que hagamos hoy desde la Educación Media Superior en este marco de resistencia a esta idea de la Educación que se está imponiendo desde las cúpulas empresariales del país, viéndolo lo que es el origen entonces se explica uno, porque está en la legislación las llamadas “LEYES SECUNDARIAS” ,redactadas de la forma en que están, se habla aquí en el documento de sanciones para los trabajadores de la Educación y si algo tiene la Ley del Servicio Profesional Docente, es que es una Ley sumamente agresiva en contra de los trabajadores, es una Ley que como ya se ha dicho muchas veces, saca a los trabajadores de la Educación del marco del Art. 123, que es donde se definen los derechos de los trabajadores de todo el país, los saca de ahí y los coloca en una situación de excepción no solo a los trabajadores de la Educación, también los Universitarios pero no con el mismo impacto, pero fundamentalmente los trabajadores de la educación quedan fuera de la protección del Art. 123 constitucional que dice: como ingresar, cuales son las causales del despido, como promoverse todo está ahí en el 123 y en la ley del servicio de trabajadores al servicio del estado lo saca de ahí para poder entonces establecer nuevas condiciones de trabajo.
Ustedes conocen  probablemente el Art. 53 de esa ley que habla de que a la tercera evaluación van para afuera, si son trabajadores de la educación con nombramiento definitivo van para afuera del salón, es decir no se les despide del sistema educativo, pero si se les quita de la docencia y se les manda hacer conserjes o de mantenimiento o asistentes del director, en fin otro puesto que no sea el de docencia. Si son trabajadores que no tengan nombramiento definitivo, esos si se van, los corren. Hay una articulo también, hay muchos pero se aumentan las causales del despido, 7 causales más, pero además hay un artículo que a mí me llama poderosamente la atención y es el 75 de la Ley de servicio profesional docente que establece que cuando la autoridad considere que un trabajador a incurrido en una falta de irresponsabilidad, puede armarle un proceso de sanción al posible infractor, no es presunto culpable, porque eso ya está ocupado en otro documento, pero se le declare posible infractor. Y se le abre un proceso en el que en 10 días el trabajador tiene que probar que no hizo, lo que se le ocurre a la autoridad lo que él hizo.
En las leyes y reglamentos siempre se establece con toda claridad que si hace usted esto, le va a pasar esto, es decir; se especifica la causal y se especifica la sanción. Si usted fuma mariguana, pues entonces se la vamos a quitar y entonces lo vamos a suspender le dicen al estudiante 6 meses o lo que sea, pero está claramente especificado por que la Ley sirve para eso, para que la gente norme su conducta de acuerdo, en ultimo termino sino con la ética por lo menos con el peso de la ley. Pero aquí en ese artículo ni siquiera se establece esta causal que abriría el cauce a una sanción, se deja totalmente abierto si la autoridad considera, esto quiere decir como buen mexicano; si se le ocurre a la autoridad me puede abrir un proceso de sanción quién va a dictaminar si las pruebas que presente el trabajador son o no apropiadas y descargan al trabajador de la responsabilidad o la acusación la propia autoridad que hacen que inicia el proceso y esto está de entrada terriblemente viciado, eso es lo que pasa en lo que se refiere a la Educación Básica y Media Superior, en otras palabras a pesar de que aquí dice el documento (refiriéndose a la contestación de la directora General del IEMS a la carta con 2,676 firmas solicitando la incorporación del IEMS a la UACM) “no hay razón para preocuparse, ya que es y seguirá siendo nuestra orientación preservar la Autonomía Académica en cuyo marco se ha desarrollado un verdadero proyecto educativo” ,la cuestión es si se va también, si se está  garantizando que esta Ley del Servicio Profesional Docente se va o no a aplicar a los Trabajadores de la Educación Media Superior, ese es lo que deberían en todo caso definir si también en el Distrito Federal se va aplicar esta Ley y la van a tener que aplicar porque es una Ley Federal no puede el Gobierno del Distrito Federal decir saben qué yo me rehusó aunque podrían en el marco testimonial en fin como una protesta hacerlo, pero en términos así constitucionales, legales no podría decir, yo fíjense que escojo no cumplir esta Ley, y entonces los profesores serían enmarcados en esta Ley del Servicio Profesional Docente, ¿excepto quienes? excepto los trabajadores de las Universidades Autónomas de Nivel Medio Superior, entonces, una razón más es que de esta manera se evita en una Universidad Autónoma que esta Ley se aplique a los trabajadores del IEMS, así de plano.
¿Qué pasa con los Administrativos? bueno yo soy de la idea que hay siempre cuando se pone cualquier Ley un efecto vamos a decirlo, así de sombra o de resolana, que no le pega a uno directamente el sol, pero bien que se siente el calor, es decir; que si las condiciones de trabajo cambian drásticamente, igual va a generarse tendencias de una mayor restricción, con el argumento muy clave al decir: ¿cómo es que yo puedo correr a un Profesor o sancionarlo y no puedo correr y sancionar a un trabajador Administrativo? No es que la ley no habla de los administrativos. Bueno, pero en fin, le buscan la manera y entraremos todos en un nuevo clima laboral.
¿Ahora resuelve el problema de la Reforma Laboral Constitucional el estar bajo el amparo de una Universidad Autónoma? Yo diría que no!, porque resulta que es cierto que en la Ley del Servicio Profesional Docente en el Artículo primero y segundo se dice que están exentos los Docentes de las Universidades Autónomas y no se menciona a los Docentes a los trabajadores de las Instituciones de Educación Superior y la idea común entre nosotros es que es una Reforma en contra de los trabajadores, en contra de los maestros de Educación Básica y de Educación Media Superior pero que a nivel Superior no pasa nada; se podrá decir; pero finalmente a nivel de Educación Superior, no está implicada la reforma. Yo sostengo que SI porque en la Ley en otra Ley a pesar de que en una Ley se exime a los trabajadores universitarios, en otra Ley se les incorpora ¿mediante que mecanismo? Primero se asienta en el artículo 5 de la Ley del INEE que el Sistema Educativo Nacional es algo que está constituido se acuerdo a lo que dice el artículo 10 de la Ley General de Educación y el artículo 10 de la LEY GENERAL DE EDUCACIÓN dice: que todas las Instituciones Educativas del país públicas y privadas incluyendo y dice expresamente: las Instituciones de Educación Superior a las que la Ley otorga Autonomía están incluidas en la Reforma. No en el sentido de sanciones, no en el sentido de despidos, pero si en el sentido de una evaluación directa y permanente por parte del Gobierno Federal, del Gobierno Estatal o de la Entidad Federativa y en su caso incluso del Gobierno municipal, esto aparece en el artículo 6 de la misma ley del Instituto Nacional que dice: La evaluación a que se refiere la presente Ley consiste en una medición u observación de componentes procesos o resultados, USTEDES SON COMPONENTES; del sistema educativo nacional, si de todos, no se excluye ni siquiera a las autónomas y esa evaluación dice también: que será sistemática integral y obligatoria además de periódica , nada de que nuestra institución no quiere evaluar, pues no; será obligatoria.
Se refiere también que se evaluaran, se realizaran mediciones y evaluaciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema educativo nacional respecto de los atributos o sea de que tanto saben o no, que tan bien hacen su trabajo o no, de los educandos docentes y autoridades escolares, es decir que hasta los directivos de las instituciones serán evaluados de acuerdo con lo que dice la Ley del INEE. ¿Entonces qué significa esto que entrar a la UACM? No significa escaparse de la reforma de la educación los va a estar esperando también allá. En otras palabras no se puede uno declarar ya me salve si esa fuera la intención, porque que quede perfectamente claro habrá que dar también una lucha desde las Instituciones de Educación Superior, en contra de esta reforma que violenta de entrada la Autonomía y la Independencia de las Instituciones de Educación Superior.
PARA FINALIZAR TERCER PUNTO MUY BREVE SERIA LA CUESTIÓN DE
3.- LOS CONTEXTOS INSTITUCIONALES: Me parece a mí que hay como dos grandes maneras de enfrentar la cuestión de lo que se puede llamar FUSIÓN: UNA SERÍA QUE EL IEMS con toda su estructura de Gobierno sus planes de estudio, sus condiciones laborales, TODO se incorpora a la UACM y conserva toda esa estructura, es decir; es como una especie de añadido a la UACM, eso tendría la ventaja de que habría la posibilidad de que hubiera una cierta autonomía dentro de la propia UACM, respecto de los planes, condiciones académicas, organizativas, dentro de lo que sería la parte de preparatorias, vamos a decirlo así, y que entonces el rector de la UACM actuaría como una especie de Jefe de Gobierno o Director de la Educación Media Superior, actual, es decir; que él pondría directores de escuelas, como es lo que ocurre verdad, revisaría en fin estaría a cargo, esa es una manera.
La otra manera es la de efectivamente la FUSIÓN TOTAL que implicaría que participan en el Consejo Universitario los representantes académicos y administrativos de lo que vendrían hacer el sistema de Educación Media Superior de la UACM, habría ahí una especie de completa integración, es asume la estructura de Gobierno, la estructura Académica que tiene la UACM de colegios, las condiciones laborales también, el contrato colectivo. En fin ese sería un segundo camino.
Y una tercera ruta, un tercer camino, sería el hacer una combinación de estos dos posibles caminos. Lo que a mí me queda claro dentro de lo complejo que es este asunto es que si se necesita reflexionar más detenidamente y con el auxilio de más compañeros académicos y administrativos respecto de las alternativas que habría en concreto de FUSIÓN. Creo yo, que sería muy valioso traer especialistas en Educación Superior que nos pudieran alumbrar más sobre esto y también escuchar a ustedes, escuchar a los académicos es una cosa también importante, escuchar a los propios estudiantes de manera representada, evidentemente, para tener más elementos respecto de cuáles serían las implicaciones de una vía y de la otra, a fin de que se defina cual sería el mejor camino posible, en otras palabras; me parece a mí que es conveniente tener claro el panorama para que a la hora de que haya una discusión con las autoridades de la UACM se sepa exactamente qué significado tiene cada una de las propuestas y contrapropuestas que se hagan. YO DEJARIA AQUÍ MI INTERVENCIÓN.
 
Fragmento de la conferencia del Dr. Hugo Aboites en el Primer Encuentro por la articulación del IEMS UACM.
PORQUE SÓLO CON AUTONOMÍA SE CONSTRUYE UN VERDADERO PROYECTO EDUCATIVO
México D.F., a 10 de febrero de 2014.
Atentamente
COMITÉ EJECUTIVO SITIEMS D.F.


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